Control, censura y rigor informativo

Felipe Rebollo

Control, censura y rigor informativo
George Orwell solía decir: “Periodismo es publicar lo que alguien no quiere que publiques; lo demás es propaganda”. La frase cobra sentido en México, donde la libertad de expresión enfrenta amenazas crecientes.

De acuerdo con el Índice Mundial de Libertad de Prensa 2025 de Reporteros sin Fronteras, México ocupa el lugar 124 de 180 países y sigue siendo uno de los más peligrosos para ejercer el periodismo.

A agosto de este año, se contabilizan al menos nueve periodistas asesinados. El pasado 3 de mayo, Día Mundial de la Libertad de Prensa, más de 100 ciudades —incluida la Ciudad de México— fueron escenario de manifestaciones para exigir alto a los asesinatos y a la censura contra comunicadores.

La voz oficial y los micrófonos controlados

Hoy la comunicación pública se rige por una voz oficial diaria: la conferencia matutina desde Palacio Nacional. Aunque se presenta como un espacio abierto, la realidad es otra: la Presidencia decide quién entra, quién pregunta y en qué turno, lo que la convierte en un ejercicio de control más que de transparencia.

Además, muchas de las preguntas son sembradas o provienen de “periodistas a modo”, sin trayectoria ni rigor informativo. El formato termina reforzando el discurso oficial más que garantizando el derecho ciudadano a ser informado.

A esto se suma la publicidad oficial como herramienta de control. Aunque el gasto se ha reducido respecto a sexenios anteriores, la concentración en ciertos medios continúa. La Relatoría de Libertad de Expresión de la OEA advierte que este mecanismo es una forma efectiva de censura indirecta.

En la región sobran ejemplos: en Ecuador, Correa ordenó retirar pauta a medios críticos; en Venezuela, la publicidad estatal se concentra en medios oficialistas; en Argentina, el caso Editorial Perfil demostró el retiro como represalia; y en Colombia, el Consejo de Estado suspendió una directiva discriminatoria. La Declaración de Principios de la CIDH es clara: usar recursos públicos para premiar o castigar líneas editoriales viola la libertad de prensa.

Libertad sí, pero con responsabilidad

El artículo 6º constitucional protege la libre manifestación de ideas y el derecho a la información, pero fija límites cuando se afecta la moral, la vida privada, los derechos de terceros o se incita a delitos. La libertad de expresión no es absoluta: termina donde empiezan los derechos de otros.

En México vemos abusos en todos sentidos: se acallan posturas incómodas y, al mismo tiempo, se difunden discursos irresponsables que ignoran estos límites. El reto institucional es regular sin sesgos, garantizando un piso parejo para el debate público.

Pseudoperiodismo y posverdad

El problema no es solo la presión del poder. También existen plataformas que confunden rumor con periodismo, disfrazan campañas de desprestigio como “investigación” o presentan opinión como si fuera hecho. En este ecosistema de posverdad y fake news, la primera víctima es la credibilidad.

Los códigos internacionales de ética periodística recuerdan los estándares básicos: verificación documental, múltiples fuentes, derecho de audiencia, rectificación con la misma relevancia y responsabilidad social. Como resumía Gabriel García Márquez: “todo periodismo debe ser investigativo por definición”. Sin rigor, lo que se publica no es periodismo: es propaganda.

Una crisis de confianza informativa

Vivimos una crisis de comunicación marcada por la posverdad, las fake news, la inmediatez sobre la verificación, intereses políticos y publicidad oficial discrecional.

El resultado: pérdida de confianza ciudadana.

La salida es doble: una prensa libre, sin violencia ni censura, y un periodismo riguroso que recupere la credibilidad. Solo así podremos salir de esta tormenta y garantizar lo que la sociedad mexicana merece: información veraz, plural y sin miedo.

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  • Reporteros Sin Fronteras. (2025). Índice Mundial de Libertad de Prensa 2025. RSF. https://rsf.org
  • Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2000). Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. OEA.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917, últimas reformas). Artículo 6º.
  • Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (OEA). (2023). Informe anual sobre libertad de expresión en América Latina.

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