Elecciones legislativas y educación en Argentina

Juan Alberto Treglia

Elecciones legislativas y educación en Argentina
Ha sido significativo que el presidente Javier Milei, haya conseguido revalidar su mandato, con el triunfo en las elecciones legislativas de mitad del periodo, en medio de una crisis financiera que movilizó al presidente de EEUU, D. Trump a dar un apoyo explícito a la gestión del presidente de Argentina.

El pasado 26 de Octubre de 2025 se llevaron adelante las elecciones legislativas a nivel nacional, en las cuales el triunfo del gobierno, le hizo posible acrecentar su número de legisladores en ambas cámaras que le permitirá avanzar en leyes que consoliden el modelo de la ‘libertad avanza’, como por ejemplo, la reforma laboral, reforma impositiva y una reforma educativa que resulta paradigmática, en un país que estaba acostumbrado a un centralismo que digitaba currículos a veces ajenas a la realidad cultural de la nación y los particularismos de las regiones provinciales.

No es menor mencionar, que el apoyo de Trump fue vital para el triunfo electoral: dio seguridad al rumbo económico. Debemos considerar que este apoyo de EEUU se da en la estrategia de ir desplazando las inversiones chinas de los países de América del Sur (en Argentina una base en Patagonia, en Brasil inversiones del orden de los 100 mil millones de dólares), en una especie de Guerra Fría de inversiones, donde el gobierno norteamericano busca hacer realidad su slogan de ‘América para los americanos’.

Proyectos de Ley a presentar en la Legislatura

El proyecto de reforma educativa avanza, el Gobierno nacional llevó al Consejo de Mayo el borrador de un proyecto de Ley de Libertad Educativa que busca derogar y reemplazar la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, vigente desde 2006. La iniciativa se refiere a la “educación básica” (Niveles, Inicial, Primario y Secundario).

El nuevo Proyecto plantea una reformulación más amplia del sistema educativo, con foco en la “libertad educativa” y énfasis en la familia como “el agente natural y primario de la educación de los hijos”, según se lee en el primer artículo.

Allí se define el sistema educativo nacional como “el conjunto organizado de iniciativas y acciones educativas promovidas por la sociedad y el Estado”. Al mencionar los “principios” que organizan el sistema, nombra en primer lugar la “libertad educativa” (entendida como libertad de cada persona de enseñar y de aprender “conforme a sus propias convicciones”) y luego el “rol preferente de la familia” y la “subsidiariedad del Estado”.

El proyecto habilita la educación en el hogar (“home schooling”) como una de las “formas alternativas de enseñanza”, junto con la educación híbrida (que combina instancias presenciales y virtuales) y a distancia, sin establecer una edad mínima. Para la educación en casa, los estudiantes podrán acreditar sus aprendizajes “mediante exámenes periódicos”.

También autoriza a las provincias a ofrecer “enseñanza religiosa confesional” en las escuelas públicas del Estado, de manera optativa y fuera del horario escolar. Y permite, junto con los planes de estudio “comunes” –los que se elaboran en los Ministerios de Educación– la posibilidad de planes de estudio “propios”, diseñados por cada escuela privada o estatal.

Además, se declara la “esencialidad” de la educación básica –es decir que, ante cualquier medida de fuerza (huelgas sindicales), deberá garantizarse la “continuidad mínima del servicio educativo”–.

La “libertad de contenidos” es un eje central del proyecto. En ese sentido se crea la figura de los planes de estudio “propios”, elaborados por cada escuela “conforme a su ideario y proyecto educativo, en el marco de la autonomía institucional”, pero sin desconocer los contenidos mínimos comunes. El Estado nacional seguirá siendo responsable de otorgar la validez nacional de los planes y tendrá un Registro Nacional de Planes de Estudio.

También se establece la obligatoriedad de enseñar sobre la causa de la recuperación de las Islas Malvinas.

Otro artículo clave es el que establece la “autonomía institucional y pedagógica” de las escuelas. Esa autonomía abarca “la facultad de definir su régimen de gobierno interno, elaborar planes de estudio propios”, establecer sus reglamentos, determinar su régimen de personal, administrar sus recursos y decidir sobre sus políticas de admisión, permanencia y disciplina. Para las escuelas estatales, se prevé una “transición progresiva hacia un esquema de gestión institucional autónoma”.

Este proyecto es un avance significativo para volver al principio de la familia como agente natural y primario en la educación de los hijos, estableciendo sistemas de financiamiento que la ayuden a elegir la escuela que sea conforme a sus convicciones.

Habilitar la enseñanza religiosa en las escuelas estatales oficiales, marca un hito de vital importancia frente al laicismo que expulsa a Dios de la educación, instalado en Argentina desde 1884, con algunos honrosos espacios en la historia donde se daba formalmente la enseñanza de los contenidos de la fe Católica, siempre respetando la libertad de culto, ofreciendo la enseñanza de la ‘moral conforme a la ley natural’ para aquellos que profesaran otro credo.

El paso siguiente será la aprobación del proyecto por parte de las Cámaras Legislativas, renovadas después del 10 de Diciembre donde el oficialismo se acerca a ser la Primera Minoría.

Cita este artículo

Treglia, J. A. (2026, 8 enero). Elecciones legislativas y educación en Argentina. Revista Forja Para el Bien Común. https://revistaforja.org/elecciones-legislativas-y-educacion-en-argentina/

 

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Número 51, año 5, diciembre 2025 https://revistaforja.org/revista-forja-para-el-bien-comun-num-51-5-aniversario 

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