Con toda la euforia de las campañas electorales, mis alumnos han abordado algunas problemáticas sociales que consideran deben atender los políticos y las autoridades; ha llamado mi atención uno de los equipos que presentó el tema de las condiciones de las mujeres en la cárcel, pues en su reflexión comentan que han sido olvidadas por no tener derechos políticos, revisemos algunos datos.
Las cárceles han sido tradicionalmente pensadas para la población masculina, sin embargo, de acuerdo al Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2023 presentado por el INEGI, para el cierre del 2022 había una población de 12,732 mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios federales y estatales, lo que equivale al 5.6% de la población penitenciaria (94.4% son hombres).
La creciente cifra de mujeres encarceladas, dan la pauta para abordar el tema de las condiciones y necesidades específicas de las mujeres presas, ya que, por ser una población minoritaria, no se les da la importancia que requieren.
Una de las principales preocupaciones en las cárceles femeninas, es la falta de instalaciones adecuadas, las necesidades de salud e higiene son diferentes a las de los varones, estas necesidades van desde el cuidado prenatal hasta la atención ginecológica propia de su naturaleza; la falta de espacios para el cuidado de los hijos y los pocos programas que les den acceso a salud de calidad que atiendan estas necesidades particulares complican su proceso de rehabilitación, y su cuidado personal, incluyendo la salud mental, lo cual limita sus oportunidades.
Otro tema doloroso es la relación de las madres presas con sus hijos, pues en la mayoría de los casos implica una separación, lo cual representa una carga emocional significativa, especialmente al quedar muchos de estos menores al cuidado de terceros; otros más viven en privación de la libertad con sus madres. De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2022, actualmente 346 infantes viven en privación de libertad con sus madres en 67 Centros de Reinserción Social del Sistema Penitenciario Mexicano. El artículo 10 fracción VI de la ley de ejecución penal contempla que las mujeres tienen derecho a conservar la guarda y custodia de los menores hasta los 3 años de edad. Esta situación puede traer consecuencias devastadoras para las familias y para los menores.
Ahora bien, tanto los varones como las mujeres que han cumplido con una condena en prisión carecen de oportunidades reales que faciliten su reinserción social, dificultando el acceso al campo laboral o el restablecimiento de relaciones -incluso familiares-, lo que se convierte en un reto importante para el sistema penitenciario mexicano, que debe seguir trabajando en programas integrales que permitan que los presos realmente tengan un proceso de readaptación y que las prisiones no se vuelvan una escuela de delincuentes.
Adoptar enfoques centrados en la persona permitirá y facilitará este proceso de rehabilitación, motivando la integración familiar por medio de la comunicación y las visitas familiares que, más allá del discurso, debe hacerse valer en la realidad, pues son muchas las voces y las historias de los familiares que narran calvarios al visitar a sus familiares presos: desde el pago de cuotas, hasta la violencia física, temas que las autoridades no pueden seguir pasando por alto pues es un ataque a la dignidad y a la justicia social. Este problema se agudiza aún más en las prisiones femeninas, en donde, a menudo, se sabe de abusos -incluso sexuales- a cambio del beneficio de ver a los familiares, situación que las autoridades no reconoces y que por lo tanto no atienden.
Aunque recientemente se ha restablecido el derecho político al voto para los presos que no están sentenciados o los que se encuentran detenidos de manera preventiva, históricamente, éstos, al no contar con este derecho político no son de interés para quienes pretender acceder al poder por medios electorales, son olvidados y sus necesidades quedan sin resolver.
Si, los cambios sustanciales son complejos, pues implican estudio y atención a temas de prevención a las causas de la comisión de delitos; de organización social; de grupos delictivos, que a su vez implicarían cambios en los Sistemas Penitenciario y Judicial; la corrupción, los acuerdos políticos, los intereses de grupos, le agregan complejidad al problema. A pesar de ello, es un tema que se debe atender.
Algunos casos exitosos de sistemas penitenciarios como el de Suecia o Finlandia, refieren que su éxito se debe a la ausencia del narcotráfico, al cumplimiento de las normas y pautas internacionales marcadas por la ONU. Un paso anterior es la prevención: bajar los índices delictivos y de reincidencia.
Así como este tema, mis alumnos han abordado la pobreza, la falta de oportunidades en el campo laboral, la economía y la ecología, etc. Lo importante es que van tomando conciencia de las necesidades comunitarias; y los ha motivado a realizar acciones como una colecta de accesorios de higiene personal (toallas sanitarias, jabón, etc.) que entregarán a algún centro penitenciario de mujeres. Quizás es poco, en comparación con las necesidades que se desprenden de esta situación, pero desde su entorno y realidad me parece muy valiosa su iniciativa.
Referencias:
Vigente, T. (s/f). LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL. Gob.mx. Recuperado el 9 de marzo de 2024, de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNEP.pdf
Trejo, A. N. (2023, octubre 18). Los hijos del sistema penitenciario. Foro Jurídico. https://forojuridico.mx/los-hijos-del-sistema-penitenciario/
Ar, P. A. C., Ez, P. F., Iz, I. L., AnuAr, Q. E., & VIllAlobos y ConstAnzA VIElm A., C. (s/f). ¿Qué pasa con los hijos de madres encarceladas? Cómo amortiguar los efectos nocivos para los niños cuyos padres están privados de libertad. Camara.cl. Recuperado el 9 de marzo de 2024, de https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=117002&prmTIPO=DOCUMENTOCOMISION





