La esperanza de la primavera

En primer lugar, en el contexto de este escrito el término aborto se aplica única y exclusivamente al aborto directamente querido y deseado y no al aborto espontáneo en el que nadie ha intentado eliminar la vida del ser humano en el vientre materno.
Para entender la situación actual de la legislación referente al aborto en los Estados Unidos de América, es necesario remontarse a mediados del siglo XIX. A pesar de las normas sociales imperantes durante la era victoriana, alrededor de 1870 comenzaron a circular en muchos lugares de Estados Unidos y otros países numerosas publicaciones y panfletos con material obsceno. Como respuesta, la “Sociedad de Nueva York para la Supresión del Vicio” promovió que se pasaran leyes que limitaran la producción y distribución de ese tipo de materiales. A la cabeza de esta sociedad se encontraba Anthony Comstock y la ley aprobada en 1873 por el congreso del estado de Nueva York se conoció como el Acta Comstock. Esa ley prohibía el transporte interestatal de material que pudiera “corromper a las mentes que están abiertas a influencias inmorales”. Esta legislación también prohibía el transporte de literatura y artículos anticonceptivos. Estas leyes estuvieron en vigor hasta mediados de la década de 1930 cuando la aplicación de la ley excluyó cierta literatura que tenía pasajes obscenos, pero que en conjunto tenía valor literario.
En 1936, bajo la dirección de Margaret Sanger (fundadora de la American Birth Control League, precursora de Planned Parenthood), se logró que se autorizara a los médicos a prescribir y distribuir legalmente anticonceptivos (United States vs. One Package).
DERECHO A LA PRIVACIDAD DURANTE LA REVOLUCIÓN SEXUAL
En 1965, la Suprema Corte de los Estados Unidos en el caso Griswold vs. Connecticut declaró que era anticonstitucional prohibir a las parejas casadas usar anticonceptivos, basándose en lo que la ley describió como el “derecho fundamental a la privacidad” que, según los juristas, está implícito en la enmienda 9 de la constitución y que fue concebida como una garantía de los derechos no ennumerados en la Constitución. La autorización de distribuir anticonceptivos a personas no casadas se extendió en 1972 (Eisenstadt vs. Baird)
Este “derecho a la privacidad” que algunos encuentran en la enmienda 14 y otros no, fue la base para que, en 1973, la Corte Suprema encontrara en el juicio “Roe vs. Wade”, que era anticonstitucional evitar que una mujer abortara en el primer trimestre del embarazo por cualquier motivo y que la decisión de abortar en los primeros meses del embarazo era competencia exclusiva de la mujer embarazada. La decisión de la Corte dividió el acceso al aborto en tres trimestres. En el primero, no puede limitarse en forma alguna. En el segundo hay posibilidad de que el aborto se limite, pero no puede prohibirse y en el último trimestre, se puede prohibir, excepto si la salud de la madre está en peligro. Esta división se modificó ligeramente en 1992 en el caso que reafirmó el “derecho a abortar” (Planned Parenthood of Southeastern Pennsylvania vs. Casey), ya que la limitación para abortar ahora comienza cuando el bebé puede sobrevivir fuera del cuerpo materno, alrededor de la semana 24 (no de la 26 cuando comienza el tercer trimestre).
Cabe aclarar que cuando se habla de la salud de la madre, el concepto implica el completo bienestar físico, mental, y social y no únicamente la ausencia de afecciones o enfermedades (de acuerdo a la definición de salud de la OMS). Así que el aborto es legal durante todo el embarazo con pocas limitaciones.
ALGUNOS FRENOS LEGALES AL ABORTO
Para frenar el avance de los grupos promotores del aborto, en 1977 el congresista Henry Hyde promovió una enmienda a los programas de salud que patrocina el gobierno de los EEUU, tales como Medicare y Medicaid, por medio de la cual esos programas no pueden pagar por abortos en los que la vida de la madre no esté en peligro directo.
La enmienda Hyde sigue en vigor, a pesar de la oposición del Presidente Biden, pues las leyes del Congreso no pueden ser abolidas por el Ejecutivo.
Desafortunadamente, esta ley permite usar fondos estatales para patrocinar abortos de acuerdo a leyes estatales, como sucede en varios estados con legislaturas pro-aborto.
Otra política limitante del aborto fue implementada por el Presidente Ronald Reagan a raíz de la Segunda Conferencia Internacional de Población que se realizó en la Ciudad de México en 1984. Conocida como la “Política de la Ciudad de México”, esta norma prohíbe que el gobierno americano financie a cualquier ONG relacionada con programas de salud y que promueva abortos como métodos de planificación familiar, aunque esos abortos los financiaran con fondos diferentes. Esa norma del Poder Ejecutivo ha sido removida por todos los presidentes demócratas y reinstalada por los republicanos. Durante el período del Presidente Trump, la política cambió de nombre a “Protección de la Vida en la Asistencia de Salud Global” y se amplió a prácticamente todas las ONG y no solo a las del sector salud. Al tomar posesión, el Presidente Biden eliminó esas restricciones en todos los programas, inclusive en los que habían recibido fondos anteriormente.
LUCHA LEGAL EN LOS ESTADOS.
En el mencionado caso “Planned Parenthood vs. Casey” la transnacional del aborto ganó que se mantuviera el derecho a abortar con algunas modificaciones promovidas por el Gobernador de Pennsylvania Robert Casey, incluyendo una espera de 24 horas antes de realizar el aborto.
Así como Pennsylvania logró que se aceptaran ciertas limitantes al aborto, otros estados han legislado en limitar el aborto. Algunos estados pro-aborto lo han subsidiado y/o han pasado leyes que lo liberalizan. Particularmente trágicas son las leyes de los estados de Nueva York y de Virginia. En enero de 2019, para celebrar el día que se legalizó el aborto en los EEUU, el estado de Nueva York aprobó una ley que permitirá que el estado continúe ofreciendo abortos aun cuando la Suprema Corte elimine Roe vs. Wade. En el estado de Virginia se aprobaron leyes que expanden las condiciones para abortar y disminuyen los requisitos para el procedimiento. Esta ley fue firmada por el gobernador Ralph Northam el Viernes Santo de 2020.
Por otro lado, estados con legislaturas favorables a la vida han pasado numerosas leyes que tienden a proteger a los no-nacidos, con ciertas limitantes y con diferentes grados de éxito. Estas leyes son numerosas, más de 80 aprobadas solamente en 2021 y se agrupan en:
- Prohibiciones después de un cierto punto del embarazo, como a las seis, 15 o 22 semanas, como son las de Mississippi y Texas.
- Limitaciones en la cobertura de seguro público y / o privado.
- Requisitos previos al aborto, incluidos los períodos de espera y los requisitos de asesoramiento.
- Prohibiciones de métodos.
- Notificación de los padres o la aprobación judicial para los menores.
- Restricciones si el aborto se basa en el sexo, la raza o el diagnóstico fetal.
- Protección a los nacidos vivos.
- Restricción de proveedores de aborto, como el que tengan derecho a hospitalizar pacientes.
- Leyes en los libros estatales para prohibir el aborto si Roe es revocado.
Ciertamente las del primer grupo son las que tienen mayor significado en este momento. La ley de Mississippi que fue firmada en marzo de 2018 por el gobernador Phil Bryant prohibe, con ciertas excepciones, el aborto después de la semana 15 de gestación, en contradicción al estándar de 24 semanas. Al día siguiente de ser firmada, la ley fue bloqueada por un juez federal. El bloqueo se ha extendido hasta la fecha. Con las esperadas apelaciones a las decisiones judiciales y los retrasos causados por la pandemia, el caso pasó a ser conocido como Dobbs vs. Jackson Women Health Organization por el oficial de salud del Estado: Thomas Dobbs y la clinica abortista de la ciudad de Jackson, Mississippi. Finalmente el 1 de diciembre, la Suprema Corte oyó los argumentos a favor y en contra de esta ley.
Los argumentos ante a la Corte Suprema fueron claros y profesionalmente presentados, incluyendo a la representante del gobierno de Biden, aliada con la clínica abortista. Los jueces fueros estrictos con las líneas de cuestionamiento y dejaron ver un poco sus inclinaciones. Los tres jueces “liberales” claramente están a favor de mantener el status quo. Los seis jueces “conservadores” se ven en dos campos diferentes. Un grupo de ellos parece inclinarse a eliminar completamente Roe vs. Wade, mientras que otros parecen inclinarse a solamente disminuir la edad gestacional en la que el aborto se permite. Los defensores de los no-nacidos prefieren que la legislación pase a ser materia de los diferentes estados, pero no sabremos la decisión final sino hasta la primavera cuando el resultado del juicio sea oficial.
Otra ley estatal estructurada para limitar la destrucción de fetos y embriones es la ley aprobada en Texas en 2021 y la única de varias decenas que limitan el aborto y que no ha sido suspendida hasta el momento. Esta ley es similar a otras que prohiben el aborto cuando el bebe en el vientre materno tiene actividad cardiaca detectable (alrededor de la semana 5 de gestación). Lo que hace esta ley diferente a otras similares y la razón por la que no ha sido detenida por las cortes es que la aplicación de esta ley no recae en ningún funcionario público, sino en la población general.
Cualquier ciudadano puede acusar al violador de esta ley y puede recibir la multa asociada con la transgresión, en caso de ser encontrado culpable de ella. Las cortes han examinado esta ley y sigue funcionando, dando la posibilidad de vivir a cientos de niños en formación, con una sola interrupción de pocos días.
La Suprema Corte está programada para oir el debate de la Ley de Texas, aunque ese debate puede sen innecesario si Roe vs. Wade deja de ser la ley federal.
Información detallada de la legislación en varios estados se puede encontrar en este artículo: https://www.usnews.com/news/best-states/articles/a-guide-to-abortion-laws-by-state de US News.